CABILDO DE LA PALMA
MOCIÓN 003-2016
A la Presidencia del Cabildo Insular de
La Palma y los partidos políticos representados en el Cabildo Insular de La
Palma.
El Grupo Mixto - Podemos en el Cabildo Insular de La Palma a través de su
portavoz y Consejero Don Dailos González Díaz, y al amparo de lo previsto en el
Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, presenta la siguiente moción para su debate y votación por el Pleno.
MOCIÓN DEL GRUPO MIXTO
PODEMOS:
Moción sobre lucha
contra la pobreza energética
1. Introducción justificativa de esta Moción[1]
Una importante masa de
población, que sigue estando afectada por el desempleo y la crisis económica y
social, padece serios problemas para acceder a los servicios básicos, llegando
a tener que elegir qué pago de suministro esencial, agua o luz, abonar; y
adoptando este tipo de decisiones en detrimento de otras necesidades
esenciales, ya que la mayor parte de sus reducidos presupuestos familiares se
han de dedicar a cubrir las necesidades alimentarias básicas y el pago de la
vivienda.
Los cambios normativos en el
sector eléctrico no han hecho sino empeorar esta situación, encareciendo
todavía más la factura eléctrica de la población en el Estado español. El
incremento de los costes fijos (potencia contratada) frente a los costes
variables (consumo de energía) penaliza a las rentas más bajas, que son las que
menos consumen, aumentando el fenómeno conocido como Pobreza Energética, además de desincentivar el ahorro energético de
las familias con rentas más altas. Es vergonzoso que las familias no puedan
afrontar el pago de sus recibos mensuales de electricidad, mientras empresas
como Endesa –u otras de las que conforman el oligopolio energético en el Estado
español– mantienen beneficios astronómicos.
La Pobreza Energética es, pues,
la incapacidad de un hogar de satisfacer una cantidad mínima de servicios de
energía para sus necesidades básicas. Las causas que generan esta precariedad
son diversas: desde los bajos ingresos en el hogar, una calidad insuficiente de
la vivienda o los elevados precios de la propia energía. Sea cual fuere la
causa, el hecho es que las consecuencias de este fenómeno para el bienestar de
las familias son dramáticas, corriéndose el frecuente riesgo de
sobreendeudamiento, e incluso de pérdida de conexión a este servicio elemental
debido al corte de suministro que efectúa la compañía distribuidora.
La pobreza energética es una realidad que afecta a todos los estados
miembros de la Unión Europea, encontrándose el Estado español[2]
y Canarias a la cabeza de tan vergonzoso ranking. Según la Encuesta de
Ingresos y Condiciones de Vida de los Hogares Canarios, del ISTAC, el 23
por ciento de la población del Archipiélago se situaba bajo la línea de pobreza
relativa. Éste es el umbral por debajo del cual se considera que una persona
carece de recursos propios suficientes para adquirir lo que necesita de acuerdo
con su sociedad en el momento actual, calculado para 2013 (último estudio
disponible) en 456 euros mensuales de ingreso equivalente por hogar[3].
El valor de la línea que separa la pobreza moderada de la severa se establece
en 228 euros, lo que sitúa al 7 por ciento de la población canaria en niveles
de pobreza severa. Este extremo de la pobreza se ha incrementado
sustancialmente desde el inicio de la crisis, dando cuenta de que la reducción
generalizada de los ingresos en Canarias ha generado además mayor desigualdad.
La
energía, como el agua, son servicios básicos que deben concebirse como derechos
inalienables (al menos en cuanto a su consumo doméstico dentro de los umbrales
que resultan imprescindibles para poder vivir con dignidad), y no como bienes
de mercado con los que especular. Por tal razón, las compañías de suministros
deberían verse en la obligación de garantizar estos suministros a los hogares,
cuando las familias no pueden hacerse cargo de las facturas por una situación
de falta de recursos económicos.
Corresponde a las instituciones, por su parte,
asegurar que la ciudadanía tenga las necesidades más perentorias cubiertas.
Garantizar el derecho al acceso a la electricidad debe ser de una de estas
prioridades. Conscientes de tal situación,
desde la Unión Europea se está fomentando la aplicación de políticas que tengan
en cuenta esta cruel realidad. Así las Directivas del Parlamento Europeo
2012/27/UE y 2009/73/CE instan a los Estados Miembros a incluir el concepto de pobreza energética a la hora de orientar
sus políticas energéticas y de protección de consumidores, considerándola una
prioridad social que debe ser abordada a todos los niveles para conseguir su
erradicación[4].
El Bono
Social constituye un mecanismo promovido por el Gobierno para proteger a la
ciudadanía perteneciente a colectivos especialmente vulnerables, como personas
mayores, familias monoparentales, personas en situación de paro de larga
duración, personas dependientes, etc. Para ello resulta fundamental atender a
los informes y estudios correspondientes de cada caso concreto, derivados desde
los servicios sociales locales.
Desde 2009 existen ya algunas iniciativas legales de ámbito estatal que
propician una transferencia desde las empresas eléctricas a este bono social
destinado a facilitar el acceso a los insumos eléctricos de aquellas personas y
familias en situación social más vulnerable. Sin embargo, estas medidas se han
mostrado ineficaces para enfrentar el problema de la pobreza energética, en
gran parte por la poca importancia de la variable de la renta entre los
criterios considerados. Y es que, en efecto, el artículo 45 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico, que regula los consumidores vulnerables y el bono social, no define
las características sociales, de consumo y poder adquisitivo para ser
considerado un consumidor vulnerable, sino que remite a la normativa de
desarrollo, y aclara que en todo caso, se circunscribirá a personas físicas en
su vivienda habitual. Por su parte, la
Disposición Transitoria Décima, en espera de que se desarrolle
reglamentariamente el artículo 45.1, concede transitoriamente el derecho a
beneficiarse de la tarifa del bono social a consumidores con una potencia
contratada inferior a 3 kW, a consumidores de 60 años o más que sean
pensionistas por jubilación, incapacidad permanente o viudedad que perciban las
cuantías mínimas, a consumidores que sean familia numerosa y a los consumidores
que tengan a todos los miembros de la unidad familiar en situación de
desempleo. Ante esta falta de
eficacia, algunas Comunidades Autónomas[5]
han planteado una ayuda en el pago de estas facturas para afrontar directamente
este problema.
Acaba
de concluir, justo en las semanas que preceden a la celebración del Pleno del
Cabildo que discute esta Moción, la Semana Europea de la Pobreza Energética
(celebrada del 17 al 23 de
febrero): una cita que
pretende dar a conocer el problema de la pobreza energética a la ciudadanía,
consolidar su reconocimiento, promover actuaciones coordinadas a nivel estatal
y europeo y difundir iniciativas y prácticas que se están impulsando para
paliarla y mitigarla en los hogares. Convocando a la sociedad civil y a las
entidades públicas y privadas a reclamar una solución coordinada frente a la
pobreza energética con la implicación de todos los actores.
Por todas las razones expuestas,
el pleno del Cabildo Insular de La Palma ACUERDA:
Primero: Instar
al Gobierno de España a que:
A.
Proceda a la
transposición íntegra y adecuada de las Directivas 2009/72/CE y 2009/73/CE del
Parlamento y del Consejo Europeo sobre normas comunes para el mercado interior
de la electricidad dirigidas a la lucha contra la pobreza energética en España
y las bases comunitarias prioritarias en Política Energética.
B.
Incorpore criterios
de pobreza energética en la revisión del sistema de déficit de la tarifa
eléctrica.
C.
Garantice, con los
medios legales y presupuestarios correspondientes, una cobertura de energía
eléctrica para la subsistencia de aquellas familias que no puedan hacer frente
al pago del recibo de la luz y cuenten con informes de los servicios sociales
que así lo acrediten, evitando cortes de suministros que puedan afectar a la
salud y dignidad de las personas.
D.
Modifique los
criterios de concesión del actual Bono Social, para que la renta familiar sea
una valoración fundamental a la hora de su concesión y de la financiación de
ayudas en el pago de la factura del consumo energético de la Tarifa Social
Eléctrica.
E.
Los costes
derivados de la aplicación de la ayuda en el pago de la factura del consumo
energético para paliar y reducir la pobreza energética corran a cargo, hasta
alcanzar las cantidades calculadas por la Comisión
Nacional de Energía, de la liquidación de la sobrecompensación por los
denominados Costes de Transición a la Competencia por parte de las empresas
eléctricas beneficiarias de los mismos, de modo que la contribución de cada
empresa sea proporcional al exceso de compensación percibido.
Segundo:
Instar a todos los
Ayuntamientos de la isla de La Palma a adherirse al convenio entre la FECAM y
Endesa[6],
para coordinar la gestión de ayudas dirigidas a cubrir las necesidades básicas
de suministro eléctrico a las familias vulnerables.
El portavoz del Grupo Mixto de Podemos
en el Cabildo de La Palma:
Dailos González Díaz